SECRETARIA JURÍDICA

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SECRETARIA JURÍDICA

 

MISION

 

Propender, mediante la asesoría, la representación delegada, el apoyo y la asistencia al Despacho del Gobernador y a las demás dependencias del nivel central del Departamento, que las actuaciones de la administración seccional se realicen acordes con el orden jurídico. Igualmente, prestar apoyo jurídico a las entidades descentralizadas del Departamento cuando se lo soliciten.

 

OBJETIVO

 

Atender lo relativo a los asuntos jurídicos del Departamento, así como ejercer las funciones jurídicas en todos los aspectos de asesoría, conceptos, representación judicial, aplicación de normas y defensa de los intereses del Departamento.

 

FUNCIONES

 

Son funciones de la Secretaría Jurídica, las siguientes:

 

  1. Diseñar y formular políticas, planes, programas y proyectos en lo relacionado con el componente normativo de las competencias, funciones y actividades del Departamento.

 

  1. Estudiar, analizar y conceptuar sobre la aplicación de normas y la expedición de los actos administrativos que competan a los diferentes niveles de la administración departamental, estableciendo unidad de criterio jurídico.

 

  1. Coordinar las acciones inherentes al cargo con las demás oficinas o asesorías jurídicas de las dependencias y entidades oficiales del orden departamental, con el fin de realizar el seguimiento necesario manteniendo la unidad de criterio jurídico.

 

  1. Instruir y hacer seguimiento a los proyectos de ordenanza, estudiarlos y conceptuar por escrito al Gobernador sobre su constitucionalidad, legalidad y conveniencia, ya fuere para presentarlos, sancionarlos u objetarlos en el evento de que estos se conviertan en Ordenanzas, en este último caso, preparar el proyecto de objeciones.

 

  1. Asesorar, estudiar, revisar y elaborar, en al ámbito de su competencia, los diferentes actos administrativos y comunicaciones que el Gobernador deba dirigir al Gobierno nacional, a la Asamblea Departamental y a las diferentes autoridades públicas y/o a las personas naturales y jurídicas.

 

  1. Recibir directamente de los secretarios de despacho y de los representantes legales de las entidades descentralizadas, los proyectos de ordenanzas, estudiarlos, ordenarlos y si fuere del caso hacer las observaciones e indicar las modificaciones a que hubiere lugar; si fuesen viables radicarlos en la Secretaría de la Asamblea, proyectar el acto de objeción o sanción, posteriormente enviarlo a la Gaceta Departamental si es lo pertinente.

 

  1. Representar al gobierno departamental en asuntos jurídicos, sin excederse de las facultades que las leyes y ordenanzas le señalen, respetando jurisdicción y mando de otros funcionarios en las delegaciones asignadas.

 

  1. Brindar asistencia jurídica a los Consejos de Gobierno, Consejo Superior de Política Fiscal de Caldas, Consejo de Política Económica y Social de Caldas y a los demás órganos del nivel central y descentralizado del Departamento, que el Gobernador o las disposiciones normativas determinen.

 

  1. Dirimir, por solicitud del Gobernador o de algún Secretario de Despacho, las diferencias que en materia de interpretación legal pudieren presentarse entre las dependencias y entidades del Departamento, a fin de establecer unidad de criterio jurídico.

 

  1. Resolver y conceptuar las consultas que en materia jurídica soliciten el Gobernador, los secretarios de despacho y el Consejo de Gobierno.

 

  1. Responder ante las autoridades competentes o con los apoderados externos del Departamento, en las actuaciones judiciales y extrajudiciales en las cuales el Departamento sea parte o pueda tener interés y, solicitar y recibir informes sobre dichos procesos.

 

  1. Elaborar investigaciones y publicaciones de carácter jurídico que interesen al Gobierno Departamental, para fortalecer unidad de criterio jurídico en las actuaciones legales de difícil ejecución.

 

  1. Actualizar y sistematizar el archivo jurídico de la Secretaría y retroalimentar esta información al interior de la gobernación.

 

  1. Desarrollar política de articulación y asesoría jurídica en las diferentes dependencias de la administración departamental.

 

  1. Dirigir y coordinar la elaboración de los actos, contratos y procesos licitatorios que competan al Gobierno departamental, e intervenir en los procesos de selección, celebración y ejecución de los contratos de las demás dependencias y entidades del Departamento, de acuerdo con la normatividad de contratación administrativa.

 

  1. Asesorar al despacho del Gobernador, las dependencias de la administración central y a las entidades descentralizadas, cuando éstas así lo requieran, en la ejecución de los contratos y en las controversias que surjan como consecuencia de la actividad contractual o con ocasión a su liquidación.

 

  1. Dirigir y coordinar el trámite y respuesta a las consultas jurídicas, derechos de petición, acciones de tutela, de cumplimiento, populares y requerimientos de los juzgados y tribunales que se presenten ante el Gobernador.

 

  1. Atender las solicitudes de conciliación de conformidad con la reglamentación que se expida, así mismo coordinar al comité de conciliación y defensa judicial para tratar los asuntos en los cuales previamente se han realizado solicitudes de conciliación prejudicial ante la procuraduría judicial y cámara de comercio , al igual que audiencias de conciliación dentro de los procesos de reparación directa, acción de nulidad y restablecimiento del derecho y acciones contractuales.

 

  1. Sustanciar y preparar los actos administrativos de única y de segunda instancias que conforme a la normatividad jurídica deba conocer y resolver el Gobernador.

 

  1. Representar judicial y extrajudicial al Departamento en los procesos en que éste sea parte o en aquellos en que pueda tener interés.

 

  1. Proyectar comunicaciones, notificaciones, oficios y actos administrativos que se deban expedir por delegación del Gobernador.

 

  1. Diseñar las políticas de divulgación del ordenamiento normativo y de acceso a la información jurídica.

  2. Hacer seguimiento al ordenamiento jurídico, evaluar su impacto y proponer las modificaciones que resulten necesarias.

 

  1. Brindar asesoría al Gobernador para proponer reformas normativas a la administración, a sus dependencias y a las entidades del orden departamental.

 

  1. Desarrollar estrategias de gestión en el orden jurídico que permitan articular el cumplimiento de metas en el Plan de Desarrollo Departamental.

 

  1. Desarrollar estrategias de asesoría, seguimiento y control para que los contratos y actos de las diferentes entidades del Departamento se ajusten a derecho, con unidad de criterio protegiendo así sus intereses.

 

  1. Ejercer la representación del Gobernador, cuando éste lo determine en actos o asuntos de carácter especial.

 

  1. Participar en el Comité de Conciliación y Defensa Judicial del Departamento y en los demás comités, unidades, comisiones o grupos que se definan y establezcan por las normas internas del Departamento y en los asuntos de alta ingerencia jurídica que afecten al Gobierno Departamental.

 

  1. Atender y proyectar las actuaciones jurídico - administrativos que de manera especial le encomiende el Gobernador.

 

  1. Ejercer la orientación y coordinación jurídica de las diferentes dependencias del Departamento.

 

  1. Evaluar los resultados que permitan medir los indicadores de los procesos judiciales asignados a su dependencia, para tomar decisiones sobre ajustes, correctivos o acciones a que haya lugar.

 

  1. Desarrollar estrategias que permitan cumplir con las metas previstas en el Plan de Desarrollo Departamental.

 

  1. Revisar los actos proferidos por los concejos municipales y los alcaldes, y cuando sea del caso remitirlos al tribunal competente para que decida sobre su legalidad.

 

  1. Inspeccionar, vigilar y controlar las entidades sin ánimo de lucro, de acuerdo a las facultades conferidas por los decretos Nos 1529 de 1990, 1318 de 1988, 0427 de 1996 reglamentario del decreto No 2150 de 1995.

 

  1. Tramitar el reconocimiento de personería jurídica a las entidades religiosas, ligas deportivas a nivel departamental y a su vez se realice la inscripción de dignatarios y libros, así como aprobación de sus reformas estatutarias.

 

  1. Expedir los certificados especiales para inscribir las entidades sin ánimo de lucro, ante la cámara de comercio.

  2. Velar porque todos los actos proferidos por las diferentes dependencias del Departamento sean debidamente radicados.

 

  1. Otorgar previo el lleno de los requisitos la matrícula de arrendador de acuerdo a la Ley 56 de 1985 artículo 20.

 

  1. Llevar el registro de archivo de matrículas de arrendadores de acuerdo al decreto No 063 del 14 de enero de 1977, así como el archivo de los informes trimestrales presentados a ésta secretaría.

 

  1. Otorgar las cartas de naturalización en coordinación con la Secretaría de Educación del Departamento, según la Ley 43 de 1993.

 

  1. Llevar a cabo de acuerdo con el artículo 15 de la ordenanza 006 de Noviembre 23 de 1.992 y de las normas legales vigentes, la radicación de todos los actos administrativos proferidos por la Administración Departamental.

 

  1. Elaborar informe trimestral con destino a la Contraloría General del Departamento, de la Contratación Administrativa Departamental.

 

  1. Elaborar informe mensual de la contratación del Departamento y fijarlo en un lugar visible, de acuerdo a las disposiciones de la Ley 80 de 1994 y reglamentarios.

 

  1. Expedir de acuerdo a las normas legales vigentes la matrícula de arrendador y ejercer en ésta área las funciones de control respectivas.

 

  1. Realizar las demás funciones que le asigne la autoridad competente y que sean acordes con la naturaleza de la dependencia y del cargo.

 

 

 

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  • Última actualización Miércoles 11 May 2022.