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GOBERNADOR RECHAZA HOMICIDIO DE MAESTRO EN ANSERMA

El Gobernador de Caldas, Mario Aristizábal Muñoz, expresa sus sentimientos de condolencias por el homicidio del directivo docente Segundo Salvador Forero Moreno, quien se desempeñaba como rector de la escuela San Jerónimo de Tejelo, de la vereda La Rica de Anserma. Así mismo, la Gobernación ratifica el ofrecimiento de 5 millones de pesos de recompensa para quien entregue información que permita dar con el paradero de los responsables de este reprochable hecho que enluta a la comunidad educativa del departamento. Hacia el mediodía se realizó un consejo extraordinario de seguridad en Anserma con el Gaula y unidades de policía judicial para avanzar en... Ver Más

Noticias | Viernes, 10 Septiembre 2010

GOBERNADOR DE CALDAS PRESENTE EN FORO QUE DISCUTIÓ PERSPECTIVAS DEL PROYECTO FERROCARRIL DEL OESTE

El Gobernador de Caldas Mario Aristizábal Muñoz mostró su satisfacción tras la cumbre de Gobernadores que se cumplió en Popayán y en la cual se dieron los primeros pasos para la creación de un bloque regional que permita unir esfuerzos en busca de agilizar el transporte de carga entre las diferentes regiones gracias al denominado Ferrocarril del Oeste. Según el mandatario las reflexiones se dieron sobre la necesidad de crear una estrategia que permita disminuir con este medio de transporte fletes y los altos costos que se generan por el uso de combustibles. “Acordamos generar un frente común que le solicite al... Ver Más

Noticias | Viernes, 10 Septiembre 2010

GOBERNADOR ASISTIRÁ A REUNIÓN DE TREN DE OCCIDENTE

El Gobernador Mario Aristizábal Muñoz se reunirá mañana y el viernes en Popayán  con los mandatarios de Quindío, Risaralda y Cauca, y con el Ministro de Transporte, Germán Cardona Gutiérrez, con el fin de avanzar en la creación de un núcleo férreo que una todos los sistemas de transporte del sur occidente colombiano.Según el Gobernador del Valle del Cauca lo que se pretende es generar una interconexión con Buenaventura, facilitar el transporte de carga y llevarlos hasta la zona ... Ver Más

Noticias | Jueves, 9 Septiembre 2010

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Pocas veces en la historia reciente de Colombia se ha presentado una actuación concertada y encaminada al desconocimiento institucional y gremial de los derechos de los colombianos al disfrute a una vivienda digna, como la protagonizada en estos días contra un plan de vivienda de interés social liderado por el Departamento de Caldas.

Iniciemos señalando que la Constitución Política, dentro de los derechos sociales, económicos y culturales, establece que "todos los colombianos tienen derecho a una vivienda digna. El Estado fijará las condiciones necesarias para hacer efectivo este derecho y promoverá planes de vivienda de interés social, sistemas adecuados de financiación a largo plazo y formas asociativas de ejecución de estos programas de vivienda" (art. 51), y en tal sentido las competencias en materia de vivienda recaen en cabeza de las entidades territoriales, conforme con el artículo primero de la Ley 3ª de 1991, el cual estableció el Sistema Nacional de Vivienda de Interés Social, integrado por las entidades públicas y privadas que cumplan las funciones conducentes a la financiación, construcción y mejoramiento de vivienda de esta naturaleza.

El Departamento de Caldas se fijó el propósito de brindar vivienda a la población caldense, incluida la vulnerable, pero lamentablemente intereses mezquinos dentro de algunas entidades, acompañadas por la seccional de Camacol Caldas, por fortuna no todo el gremio a nivel nacional, quieren desconocer el ESTATUTO GENERAL DE LA CONTRATACION PUBLICA, el cual señala que bajo el principio de la autonomía de la voluntad, las entidades territoriales, pueden celebrar uniones temporales, siempre que se encuentren autorizadas por el Concejo Municipal o la Asamblea Departamental, cumpliendo con los lineamientos del Plan de Desarrollo. Dentro del marco legal señalado, en aplicación de lo dispuesto en la misma ley, y con fundamento en el mismo principio, pueden estas celebrar cualquier tipo de contrato o convenio, incluso el de unión temporal buscando cumplir con las metas relacionadas con la disminución del déficit de vivienda establecidas en su propio plan.
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Es así como la Gobernación lideró un proceso de conformidad con las Leyes 3 de 1991 y 388 de 1997, y el Decreto 2190 de 2009 ( que derogó el decreto 975 de 2004, aun cuando en esta materia recogió los mismos principios e instrumentos) que son desarrollo de la Constitución Política y de la ley Orgánica del Presupuesto Nacional, que permiten adelantar la política pública de vivienda al departamento, ejecutando programas de inversión pública mediante la asignación a los particulares de recursos, que como en el caso del subsidio de vivienda, adquieren la naturaleza de recurso privado que ingresa al patrimonio del hogar beneficiado con éste, desde el momento mismo de la asignación, siendo esta la fundamentación legal que permite al hogar contratar directamente la ejecución de su vivienda con el concurso de las entidades territoriales, que concurren en su calidad de oferentes de proyectos, es decir, gestores que en forma directa o mediante la figura de uniones temporales, coordina la construcción o mejora de las viviendas.

Paralelo al proceso de la convocatoria se adelanta la presentación de los proyectos, los cuales en su parte financiera logran su cierre con el subsidio, ahorros y micro créditos que aportan las familias , esto quiere decir, no son aportes de recursos públicos cuya titularidad se predique en cabeza del municipio o del departamento, que concurre en calidad de gestor u oferente de proyectos con unas claras obligaciones legales, entre las que se cuenta la de contrapartida, que generalmente se expresa en un recurso que también se entrega a título de subsidio en dinero o en especie de origen territorial y por tanto se transfieren al patrimonio del particular.

Toda la actividad que despliega el oferente, en este caso el Departamento es de gestor, promotor y coordinador de la ejecución del proyecto, incluyendo su entrega y legalización, sin que ello implique disponer de un recurso público. Claramente esto explica el porqué no atiende a una contratación sujeta al estatuto de contratación estatal (leyes 80 y 1150), con expedición de Certificados de Disponibilidad Presupuestal o registro presupuestal.

Lamentamos profundamente esta indebida intromisión contra los derechos a una vivienda digna de los caldenses, pero por este medio ratificamos nuestra indeclinable deseo y obligación de cumplirle a la ciudadanía con los más altos deberes del Estado, por lo que seguiremos adelante y desde ahora anunciamos el inicio de las actuaciones legales encaminadas a judicializar a quienes en forma calumniosa e injuriante han atentado contra los derechos fundamentales de la ciudadanía caldense y de su Gobernador.

De Igual manera, solicitaremos a la Presidencia de la República un pronunciamiento sobre esta vulneración a la política pública nacional de vivienda y a la violación de los derechos fundamentales, tema en el cual CAMACOL nacional acompaña en forma integral al Gobierno Nacional y a las entidades territoriales.

JORGE IVÁN GIRALDO CUESTA
Secretario de Vivienda - Gobernación de Caldas


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